4. Capital social.
Hay que distinguir entre el capital social y el patrimonio social. El Capital Social es la suma del valor nominal de todas las acciones. No se embarga, lo que vale la sociedad es el patrimonio. El Patrimonio Social: conjunto de bienes y derechos de valor pecuniario (€). Si el patrimonio tiene un valor inferior a la mitad de la cifra del capital social hay que disolver la sociedad o reponer el capital.
Hay dos bloques de medidas para el capital social:
- Principios ordenadores del capital:
· capital mínimo: es 60102 € (es un capital funcional, debe estar durante toda la vida de la sociedad).
· determinación: vendrá en los estatutos (constando en las acciones que se divide y su valor nominal).
· desembolso mínimo: como mínimo en un 25% del valor nominal de cada acción. Si hubiese prima de emisión, habría que desembolsarla al 100%.
· realidad: el capital tiene que corresponderse con una efectiva aportación de recursos.
- Medidas de defensa del capital:
· valoración de las aportaciones no dinerarias.
· no se pueden emitir acciones por debajo de la par.
· la existencia de la reserva legal (capitalizar un mínimo del 10% beneficio hasta el 20% capital social).
· el derecho que tienen los acreedores ante una reducción de capital.
